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¿Si renuncio antes de diciembre me toca aguinaldo? Sí, y así lo cobras

Renunciar en noviembre o a mitad de diciembre no te quita el aguinaldo: te toca la parte proporcional y va en tu finiquito. Cómo calcularlo y qué hacer si no te lo pagan.

5 min de lectura

Es la duda que más se busca en temporada de renuncias: ya conseguiste otro trabajo, te quieres ir en noviembre o a principios de diciembre, y alguien en la oficina te dice, muy seguro, que si te vas antes del 20 de diciembre pierdes el aguinaldo. Respira: no es cierto.

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo dice que el aguinaldo es de al menos 15 días de salario y que se paga antes del 20 de diciembre. Y agrega algo que a muchos se les olvida: quien no trabajó el año completo tiene derecho a la parte proporcional de los días que sí trabajó, esté o no en la empresa el día de pago.

La cuenta es sencilla: salario diario por 15 días, por los días que trabajaste en el año, entre 365. Si ganas 500 pesos diarios y renuncias el 10 de diciembre, trabajaste 344 días del año: 500 × 15 × 344 ÷ 365 te da unos 7,068 pesos. Si tu contrato te da más de 15 días de aguinaldo, usa esos días en lugar de los 15.

Ese dinero no te lo regalan: va dentro de tu finiquito, junto con los días de salario pendientes, las vacaciones que no tomaste, las vacaciones proporcionales y su prima vacacional. Si renuncias, la empresa tiene que pagarte todo eso aunque no hayas dado aviso con anticipación; la ley mexicana no obliga a avisar con quince días, aunque sea lo más profesional.

En impuestos, el aguinaldo está exento de ISR hasta 30 UMA, unos 3,519 pesos en 2026. Lo que pase de ese monto sí paga ISR, por eso el aguinaldo proporcional suele llegar casi completo cuando es chico.

¿Y si la empresa se hace la desentendida? Primero pídelo por escrito y guarda la respuesta. Si no te pagan, acude gratis a la PROFEDET o al Centro de Conciliación Laboral de tu estado. Tienes un año para reclamar el aguinaldo desde que debieron pagártelo.

Antes de firmar tu renuncia y tu recibo de finiquito, haz la cuenta con la calculadora de aguinaldo si renuncio en diciembre. Llegar con el número exacto a RH cambia por completo la conversación.

Cómo se calcula el aguinaldo proporcional

La fórmula es salario diario × días de aguinaldo × días trabajados en el año ÷ 365. Los días de aguinaldo son 15 como mínimo de ley, o los que marque tu contrato si son más.

Cuentan los días desde el 1 de enero, o desde tu fecha de ingreso si entraste este año, hasta tu último día en la empresa.

Qué salario se usa

El salario diario ordinario, sin horas extra ni bonos ocasionales. Si ganas por mes, divide tu sueldo mensual entre 30 para sacarlo.

Qué hacer si no te lo quieren pagar

Pide el desglose de tu finiquito por escrito y revisa que venga el aguinaldo proporcional. Si no viene, no firmes de conformidad.

La PROFEDET asesora gratis a cualquier trabajador y el Centro de Conciliación Laboral de tu estado es el primer paso obligatorio antes de una demanda.

El plazo para reclamar

Un año a partir de que el aguinaldo debió pagarse. Si renunciaste en diciembre, el plazo corre desde el 20 de diciembre.

Dudas comunes

Preguntas frecuentes sobre el aguinaldo si renuncias

Lo que más nos preguntan los godínez

¿Si renuncio en diciembre me toca aguinaldo?

Sí, la parte proporcional de los días que trabajaste en el año (Art. 87 LFT).

¿Me toca aguinaldo si renuncio antes de diciembre?

Sí, aunque renuncies en cualquier mes te toca el aguinaldo proporcional.

¿Cuándo me deben pagar el aguinaldo si renuncio?

Junto con tu finiquito, al terminar la relación laboral.

¿Pierdo el aguinaldo si no aviso con 15 días?

No. La ley no obliga a avisar con anticipación y no se pierde el aguinaldo.

¿Cuántos días de aguinaldo me tocan por ley?

Al menos 15 días de salario por año completo trabajado.

¿El aguinaldo proporcional paga ISR?

Solo lo que pase de 30 UMA, unos 3,519 pesos en 2026.

¿Y si me despiden antes de diciembre?

También te toca el aguinaldo proporcional, además de la liquidación si el despido fue injustificado.

¿Me toca aguinaldo si entré este año?

Sí, proporcional a los días desde tu fecha de ingreso hasta el 31 de diciembre o tu salida.

¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?

Pídelo por escrito y acude a la PROFEDET o al Centro de Conciliación Laboral.

¿Cómo calculo mi aguinaldo proporcional?

Con la calculadora de aguinaldo si renuncio en diciembre de SomosGodínez.

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