Lana y derechos
Indemnización por accidente de trabajo: cuánto se paga por incapacidad o muerte
Cuánto marca la Ley Federal del Trabajo por un accidente laboral: incapacidad permanente parcial, total y fallecimiento. Cuándo paga el IMSS y cuándo el patrón.
Nadie entra a la oficina pensando en un accidente de trabajo, pero pasan: una caída en la escalera, un choque en el trayecto de la casa al trabajo, una lesión por cargar cajas en el almacén o una enfermedad causada por el propio trabajo. Cuando pasa, la pregunta llega rápido: ¿cuánto se paga?
Lo primero es separar dos caminos. Si estabas dado de alta en el IMSS, el Instituto es quien responde: te paga el 100% de tu salario mientras estás incapacitado y, si queda una secuela permanente, una pensión mensual. Si el patrón no te tenía asegurado, la Ley Federal del Trabajo lo obliga a pagar directamente las indemnizaciones.
Esas indemnizaciones de la LFT tienen cuantías fijas. Por incapacidad permanente total, la que te impide trabajar en cualquier empleo, son 1,095 días de salario, es decir, tres años (artículo 495). Por incapacidad permanente parcial se paga el porcentaje que marque la tabla de valuación de incapacidades sobre esos mismos 1,095 días (artículo 492).
Si el trabajador fallece, sus beneficiarios reciben 5,000 días de salario más dos meses de salario para gastos funerarios (artículos 500 y 502). Tienen derecho la viuda o el viudo, los hijos menores de 16 años o con discapacidad, los padres que dependían económicamente de él y, a falta de ellos, otros dependientes económicos.
Hay un detalle que cambia mucho la cuenta: el salario base para estas indemnizaciones no puede ser mayor al doble del salario mínimo ni menor al mínimo (artículos 485 y 486). Con el mínimo de 2026, el tope es de 630.08 pesos diarios. Si ganabas 500 pesos diarios, la indemnización por muerte sería de 2.5 millones más 30,000 de gastos funerarios.
Para que todo esto proceda, el accidente tiene que calificarse como riesgo de trabajo y no como enfermedad general. Repórtalo de inmediato a tu jefe, ve al IMSS y pide el aviso ST-7. Guarda fotos, nombres de testigos y cualquier mensaje donde conste lo que pasó.
Los plazos importan: tienes dos años para reclamar, contados desde que se determina el grado de incapacidad o desde la muerte del trabajador. Si la empresa no responde, la PROFEDET asesora gratis. Para tener una cifra de referencia antes de hablar con cualquiera, usa la calculadora de indemnización por riesgo de trabajo.