Salud y trabajo
¿Me pueden despedir estando incapacitado? Lo que dice la Ley Federal del Trabajo
Durante una incapacidad del IMSS tu relación laboral se suspende y no te pueden despedir por estar enfermo. Cuándo sí pueden terminar la relación y cuánto te toca.
Estás en cama con incapacidad y te llega un mensaje de RH: 'Cuando puedas, pásate a firmar unos papeles'. El miedo es inmediato: ¿me van a correr por enfermarme? La respuesta corta es que no pueden despedirte por estar incapacitado, y la larga tiene algunos matices que conviene conocer.
Cuando el IMSS te da una incapacidad temporal, la Ley Federal del Trabajo suspende la relación laboral (artículo 42): tú no tienes que trabajar y la empresa no te paga salario, porque el IMSS te paga el subsidio. La relación sigue viva, y cuando termina la incapacidad tienes que regresar a trabajar al día siguiente.
Despedirte por estar enfermo, o por la enfermedad en sí, es despido injustificado y además discriminación por condición de salud, que la ley prohíbe. Te corresponde la liquidación completa: tres meses de salario, prima de antigüedad y las prestaciones pendientes, más salarios caídos si llegas a demandar.
Lo que sí puede pasar es que te despidan por una causa justificada que no tenga que ver con tu salud, como alguna de las del artículo 47. Ojo con las faltas: los días cubiertos por una incapacidad del IMSS no cuentan como faltas injustificadas, así que no pueden usarlos para correrte por 'más de tres faltas en 30 días'.
Hay un caso especial: si quedas con una incapacidad física o mental que te impide hacer tu trabajo y no viene de un riesgo de trabajo, la empresa puede terminar la relación pagándote un mes de salario y 12 días por cada año trabajado, o darte otro puesto compatible con tu condición si lo pides. Si la incapacidad viene de un accidente de trabajo, tiene la obligación de reacomodarte.
Si te despiden durante una incapacidad, no firmes una renuncia ni un finiquito que no te convenza. Tienes dos meses para demandar por despido injustificado. Acude a la PROFEDET o al Centro de Conciliación Laboral con tus incapacidades y cualquier mensaje de la empresa.
Mientras te recuperas, calcula cuánto te debe pagar el IMSS por tu incapacidad y, si las cosas se ponen feas, cuánto te correspondería de liquidación.