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Salud y trabajo

¿Me pueden despedir estando incapacitado? Lo que dice la Ley Federal del Trabajo

Durante una incapacidad del IMSS tu relación laboral se suspende y no te pueden despedir por estar enfermo. Cuándo sí pueden terminar la relación y cuánto te toca.

5 min de lectura

Estás en cama con incapacidad y te llega un mensaje de RH: 'Cuando puedas, pásate a firmar unos papeles'. El miedo es inmediato: ¿me van a correr por enfermarme? La respuesta corta es que no pueden despedirte por estar incapacitado, y la larga tiene algunos matices que conviene conocer.

Cuando el IMSS te da una incapacidad temporal, la Ley Federal del Trabajo suspende la relación laboral (artículo 42): tú no tienes que trabajar y la empresa no te paga salario, porque el IMSS te paga el subsidio. La relación sigue viva, y cuando termina la incapacidad tienes que regresar a trabajar al día siguiente.

Despedirte por estar enfermo, o por la enfermedad en sí, es despido injustificado y además discriminación por condición de salud, que la ley prohíbe. Te corresponde la liquidación completa: tres meses de salario, prima de antigüedad y las prestaciones pendientes, más salarios caídos si llegas a demandar.

Lo que sí puede pasar es que te despidan por una causa justificada que no tenga que ver con tu salud, como alguna de las del artículo 47. Ojo con las faltas: los días cubiertos por una incapacidad del IMSS no cuentan como faltas injustificadas, así que no pueden usarlos para correrte por 'más de tres faltas en 30 días'.

Hay un caso especial: si quedas con una incapacidad física o mental que te impide hacer tu trabajo y no viene de un riesgo de trabajo, la empresa puede terminar la relación pagándote un mes de salario y 12 días por cada año trabajado, o darte otro puesto compatible con tu condición si lo pides. Si la incapacidad viene de un accidente de trabajo, tiene la obligación de reacomodarte.

Si te despiden durante una incapacidad, no firmes una renuncia ni un finiquito que no te convenza. Tienes dos meses para demandar por despido injustificado. Acude a la PROFEDET o al Centro de Conciliación Laboral con tus incapacidades y cualquier mensaje de la empresa.

Mientras te recuperas, calcula cuánto te debe pagar el IMSS por tu incapacidad y, si las cosas se ponen feas, cuánto te correspondería de liquidación.

Qué significa que tu relación laboral se suspenda

Mientras dura la incapacidad no tienes que trabajar y tu empresa no te paga salario; a cambio, el IMSS te paga el subsidio. Tu antigüedad y tu puesto se conservan.

La suspensión empieza desde que la empresa sabe de tu enfermedad y termina cuando acaba la incapacidad.

Avisa a tiempo

Informa a tu empresa de tu incapacidad cuanto antes y guarda la constancia. Así evitas que te cuenten los días como faltas.

Si te despiden mientras estás incapacitado

Pide por escrito el motivo del despido y no firmes una renuncia voluntaria. Calcula tu liquidación y acude a la PROFEDET o al Centro de Conciliación Laboral, donde empieza el proceso.

Tienes dos meses desde el despido para reclamar; si dejas pasar el plazo pierdes la acción.

Las pruebas que te ayudan

Tus incapacidades del IMSS, recibos de nómina, mensajes o correos de la empresa y el nombre de quien te despidió.

Dudas comunes

Preguntas frecuentes sobre el despido durante una incapacidad

Lo que más nos preguntan los godínez

¿Me pueden despedir estando incapacitado?

No por estar enfermo; la incapacidad suspende la relación laboral (Art. 42 LFT).

¿Qué pasa si me corren durante la incapacidad?

Es despido injustificado y te corresponde la liquidación.

¿Los días de incapacidad cuentan como faltas?

No, están justificados por el IMSS.

¿Me pagan salario durante la incapacidad?

La empresa no; el IMSS te paga el subsidio.

¿Cuándo tengo que regresar a trabajar?

Al día siguiente de que termine la incapacidad.

¿Me pueden despedir por una incapacidad permanente?

Pueden terminar la relación pagándote un mes de salario y 12 días por año, o darte otro puesto compatible.

¿Y si la incapacidad es por accidente de trabajo?

La empresa debe reacomodarte en un puesto compatible con tu condición.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

Dos meses desde el despido.

¿Puedo cobrar mi liquidación si estaba incapacitado?

Sí, con las mismas reglas que cualquier despido injustificado.

¿Dónde me asesoran gratis?

En la PROFEDET, en persona, por teléfono o en línea.

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